El contexto de la internacionalización colombiana
Colombia cuenta con más de 17 convenios para evitar la doble tributación (CDI), Tratados de Libre Comercio con más de 60 países y un régimen de Compañías Holding Colombianas (CHC) diseñado para atraer inversión y facilitar la expansión internacional.
Estructuras para la expansión internacional
1. Compañía Holding Colombiana (CHC)
La CHC, creada por la Ley 1943 de 2018, permite que una sociedad colombiana sea el centro de inversiones internacionales:
- Dividendos del exterior no gravados en Colombia (si provienen de utilidades ya gravadas en el país de origen)
- Ganancias de capital por venta de participaciones en sociedades extranjeras: exentas
- Rentas pasivas: no incluidas en la base gravable colombiana
- Requisito: poseer directamente al menos el 10% de una sociedad extranjera durante mínimo 12 meses
2. Zonas Francas
| Tipo | Tarifa de renta | Requisito clave |
|---|---|---|
| Zona Franca Permanente | 20% | Ubicación en parque industrial |
| Zona Franca Uniempresarial | 20% | Inversión mínima + empleos |
| Zona Franca Offshore (servicios) | 20% | Exportación >60% servicios |
3. Sucursales y filiales en el exterior
- Las sucursales colombianas en el exterior tributan en Colombia sobre renta mundial
- Las filiales (sociedades independientes) solo tributan en Colombia cuando distribuyen dividendos
- La elección entre sucursal y filial tiene implicaciones significativas en retención y CDI
Convenios para Evitar la Doble Tributación (CDI)
Colombia tiene CDIs vigentes con los siguientes países clave:
- Europa: España, Reino Unido, Francia, Italia, Suiza, Portugal, República Checa
- América: México, Chile, Canadá, Estados Unidos (limitado)
- Asia: India, Corea del Sur, Japón
- Multilateral: Convención BEPS de la OCDE (ratificada)
Cómo funcionan los CDIs
Los CDIs reducen o eliminan la retención en pagos transfronterizos:
| Tipo de pago | Sin CDI (retención) | Con CDI (ejemplo España) |
|---|---|---|
| Dividendos | 20% | 5-10% |
| Intereses | 20% | 10% |
| Regalías | 20% | 10% |
| Servicios técnicos | 20% | 0% (si no hay EP) |
Cumplimiento regulatorio
Precios de transferencia
Si su empresa tiene operaciones con vinculados económicos en el exterior, debe cumplir con el régimen de precios de transferencia: declaración informativa + documentación comprobatoria + informe maestro (si aplica).
- Umbral declaración: patrimonio bruto > 100.000 UVT o ingresos brutos > 61.000 UVT
- Metodología: principio de plena competencia (arm's length)
Reporte País por País (CbC)
Para grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a 81.000.000 UVT: obligación de presentar el Informe País por País ante la DIAN.
Información exógena internacional
- Declaración de activos en el exterior (Formulario 160) — Anual
- Precios de transferencia — Si supera umbrales
- Información exógena — Operaciones con vinculados
- Régimen de cambios internacionales ante Banco de la República
- Registro de inversión extranjera (si aplica)
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